
Cambio de titularidad de un negocio: ¿qué hay que saber?
Para poder mantener abierto un negocio, es esencial contar con las licencias de apertura y actividad, no obstante, puede darse en un momento determinado que haya un cambio de titularidad en el mismo, pudiendo producirse por diversas causas.
En el momento que se habla de licencias urbanísticas, uno de los aspectos más importantes que hay que tener en cuenta es la titularidad de cada uno de estos permisos. Esto es así porque el titular de la licencia será el responsable frente a la Administración que corresponda de velar por el buen funcionamiento del negocio, así como el cumplimiento de la normativa vigente.
En cualquier caso, se puede dar la situación de que una persona decida cambiar esta titularidad, siendo además un trámite muy importante, para el que se necesita conocer todos los pasos que hay que llevar a cabo.
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¿En qué consiste el cambio de titularidad?
Cuando se decide hacer el cambio de titularidad de un negocio, una de las primeras cosas que hay que hacer es comunicar al Ayuntamiento que corresponda, que se va a llevar a cabo este trámite, ya que se trata de la Administración encargada de regular todo esto.
En estos casos, hay que decir que son muchos los motivos por los que el propietario de un local decida realizar este proceso. Así, uno de los más comunes es traspasar el negocio a otra persona o también, que el propio titular haya fallecido, quedándose así la titularidad en manos de sus herederos.
Requisitos obligatorios
Para poder llevar a cabo el cambio de titularidad, es esencial que se cumplan una serie de requisitos. De esta manera, la actividad que se desarrolle en el negocio deberá ser la misma, al igual que no se podrán incluir otras nuevas actividades en el mismo.
De igual modo, tampoco podrán haber cambiado las condiciones originales por las cuales, el titular anterior consiguió la licencia y, además, en algunas ocasiones, es obligatorio que el negocio no haya estado activo durante un tiempo determinado.
¿Cómo se solicita?
Para poder solicitar el cambio de titularidad, es necesario presentar una serie de documentos debidamente cumplimentados. Así, la solicitud propiamente dicha, tendrá que ir junto al DNI o NIF del que será el nuevo propietario, al igual que habrá que añadir el documento que designa la cesión de derechos.
Por su parte, es obligatorio presentar el documento de alta en el Impuesto de Actividades Económicas correspondiente al nuevo titular, sumándole una copia de las licencias de apertura y actividad del titular anterior.
¿Ocurre igual en los bares?
Los establecimientos de hostelería y restauración deben llevar a cabo los trámites mencionados anteriormente, aunque se suman otros añadidos. Así, por norma general, cuando se quiere hacer un cambio de titularidad para un bar, se suelen solicitar otros documentos tales como una copia de los boletines de todas las instalaciones, también es frecuente el certificado con respecto al control de plagas y, además, la autorización sanitaria que corresponda.
¿Qué pasa con las licencias para terrazas?
En relación a los establecimientos de restauración, hay que decir que la obtención de la licencia para terraza bar es una de las cosas que más interesan, ya que así, se contará con un espacio mucho mayor para poder sentar a los clientes.
Si bien, para poder solicitar este tipo de licencia, hay que tener en cuenta que los veladores deben situarse en la vía pública y, por tanto, el procedimiento varía un poco con respecto a lo anterior. Es evidente que las terrazas suelen ocupar gran parte de la calle, ya sea por las mesas, sillas o incluso carpas y sombrillas. En cualquier caso, es obligatorio pedir una licencia de este tipo en el Ayuntamiento y pagar las tasas que correspondan, solo por el hecho de hacer uso privativo de una zona pública.
Las licencias para las terrazas en bares pueden ser de tres tipos principalmente, por un lado, las anuales, por otro, las que van por temporada y, finalmente, las eventuales.
Solicitud de esta licencia
Para pedir este tipo de licencia habrá que presentar la solicitud que corresponda, así como una copia del DNI y otra del permiso de apertura del local. También es obligatorio presentar un boceto de la distribución que tendrá la terraza, incluyendo todos los elementos que vayan a utilizarse.
Asimismo, hay que presentar una autorización firmada de aquellos titulares de los negocios que son colindantes al bar o en su caso, de la comunidad de propietarios.